El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Burgos ha dado al traste con la aspiración del Ayuntamiento del Valle de Tobalina de cobrar a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (Enresa) los primeros 627.000 euros en concepto de licencia de obra por la primera fase del desmantelamiento de Garoña. El Consistorio no recurrirá la sentencia y, a menos que cambie la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo, no volverá a intentar cobrar este impuesto municipal ni por la segunda fase del desmantelamiento ni por los contenedores de residuos radiactivos pendientes de llegar, con lo que el alcalde, Jesús Ángel López de Mendoza, calcula que las arcas municipales perderá más de 10 millones.
El regidor califica de «ruinosas» las consecuencias de que la sentencia establezca que «la obra de desmantelamiento ha sido declarada obra pública de interés general» y, por tanto, «las actividades para la ejecución de la fase I de desmantelamiento no precisan de licencia urbanística, sino solo de un mero traslado del proyecto al Ayuntamiento». Será la primera ocasión en que esto ocurra, puesto que el Ayuntamiento de Almonacid de Zorita (Guadalajara) si cobró por las obras de desmantelamiento de la central nuclear José Cabrera a partir de 2006.
En diciembre de 2023, la junta de gobierno del Consistorio tobalinés acordó cobrar a Enresa la liquidación del impuesto, un recibo de 627.000 euros, equivalente al 4% del coste de las obras de la primera fase, valoradas en 15,6 millones. Ante ello, Enresa presentó un recurso de reposición, que el Ayuntamiento rechazó en febrero de 2024 y que la firma pública llevó a los tribunales. Lo cierto es que la Ley de Cambio Climático y Transición Energética aprobada en abril de 2021 declaró de interés general todas las obras ligadas al Plan General de Residuos Radiactivos, entre ellas, los desmantelamientos de nucleares, lo que impedía el cobro de licencia de obra.
Pero la sentencia no menciona esta nueva ley y alude a que «los trabajos de desmantelamiento son obras de interés general por aplicación de La Ley 13/2003 reguladora del contrato de concesión de obras públicas», algo que nadie tuvo en cuenta en el desmantelamiento de la nuclear de Guadalajara.
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